Guía práctica · Honduras

¿Por qué tengo que pagar yo el ISV si lo paga el cliente?

Respuesta corta

usted no "paga" el ISV de su bolsillo: lo cobra a su cliente y lo entrega al SAR. Lo que paga cada mes es la diferencia entre el ISV que cobró en sus ventas y el ISV que usted pagó en sus compras.

Cómo funciona

ISV a pagar = ISV cobrado en ventas (débito fiscal) − ISV pagado en compras (crédito fiscal)

Ejemplo: vendió L100,000 + L15,000 de ISV, y compró insumos por L40,000 + L6,000 de ISV. Debe enterar al SAR L15,000 − L6,000 = L9,000.

Lo que conviene saber

  • Solo genera crédito fiscal el ISV que efectivamente pagó y que consta en una factura válida. Las compras exentas no generan crédito.
  • El crédito fiscal debe registrarse dentro de un plazo de tres meses.
  • Si usted no cobra el ISV a su cliente, el SAR igual se lo exige a usted, con multas e intereses.
  • Atrasarse genera interés del 3% mensual, con tope del 36%.

Esta guía es información general y no sustituye una asesoría sobre su caso concreto. Las normas pueden cambiar; verifique la versión vigente.

¿Tiene este caso en su empresa?

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